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| Código de Oferta de Transferencias de Inmuebles (COTI) - AFIP 2.371 04-02-2008 |
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| Dicha norma, prevé que todos los sujetos que pongan a la venta inmuebles de su propiedad por un monto superior a $ 300.000.-, deberán informar los datos del bien en cuestión, así como el valor al que se ofrecerá en el mercado, en el momento de realizar la oferta. |
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| Dicha obligación se cumplimentará por internet ingresando en la página web www.afip.gov.ar, mediante la modalidad de clave fiscal o bien telefónicamente a través del Centro de Atención Telefónica del Organismo.
Como resultado de la información proporcionada a la AFIP el titular del inmueble recibirá el Código de Oferta de Transacciones de Inmuebles (COTI), el cual deberá ser exhibido, en el caso que intervengan inmobiliarias, ante las mismas y al escribano que actúe en la escrituración respetiva. |
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